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¿DIVORCIARSE O SEPARARSE?

¿DIVORCIARSE O SEPARARSE?

Es una de las preguntas más frecuentes que recibimos los abogados. Pues bien, aclaramos ambas situaciones.

La separación judicial implica el cese legal de la vida en común de ambos cónyuges, pero no pone fin al matrimonio, no disuelve el vínculo matrimonial, en cambio, el divorcio sí, y se obtiene mediante sentencia judicial y produce efectos desde la sentencia firme y no perjudica a terceros de buena fe sino hasta su inscripción en el Registro Civil.

Tanto el divorcio como la separación producen la disolución del régimen económico matrimonial.

Tras el divorcio los cónyuges pueden volver a contraer matrimonio entre sí o con otras personas. No ocurre con la separación, pues el vínculo matrimonial sigue vigente.

Tanto el divorcio como la separación legal impiden que el otro cónyuge herede abintestado (si no hay testamento), y que tenga derecho al usufructo que le corresponda.

Tanto la sentencia de separación como la de divorcio recoge las medidas respecto al cuidado de los hijos, guarda y custodia, régimen de visitas, comunicación y estancia, ejercicio de la patria potestad, gastos de mantenimiento de éstos, la disolución del régimen económico del matrimonio, el uso de la vivienda, etc. (art. 81 y 89 del Código civil)

¿Es necesario alegar alguna causa para solicitar la separación o el divorcio?

No. La única exigencia legal para solicitar la separación o el divorcio es haber estado tres o más meses casados salvo que exista un riesgo para la vida, la integridad física moral o sexual del cónyuge que lo solicita o de los hijos e hijas del matrimonio, que entonces no será necesario dicho plazo.

*** En lo sucesivo hablaremos de otros asuntos relacionados con las separaciones o divorcios que espero sean de vuestro interés.

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